MEM RESTABLECE OBLIGACIÓN DE PLANTAS E IMPORTADORES DE GLP DE MANTENER STOCKS MÍNIMOS
25 de marzo de 2009

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) restableció la obligación de las plantas de producción y de los importadores de gas licuado de petróleo (GLP) de mantener una existencia media del hidrocarburo equivalente a 15 días de su venta promedio de los últimos seis meses o de su importación promedio en el mismo lapso, según sea el caso. Igualmente, mediante una resolución del MEM publicada hoy, dispuso un plazo de adecuación para el cumplimiento de la obligación establecida hasta el 30 de abril del presente año.Cabe señalar que el 12 de abril del 2007 el MEM había dispuesto como medida temporal la exoneración del cumplimiento de la obligación contenida en el reglamento para la comercialización del GLP ante el déficit de la producción local para abastecer al mercado interno.