El Ejecutivo modificó el Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), precisando que la exigencia de contar con estudios de preinversión para los proyectos en ejecución anteriores al establecimiento de tal sistema, sea obligatoria a partir del año fiscal 2010. "Todos los proyectos de inversión pública, cuya ejecución se haya iniciado antes del 22 de diciembre de 2000, que haya sido continuada y cuyo periodo de ejecución proyectado culmine en el año fiscal 2010 o en adelante, deben cumplir con elaborar el estudio de preinversión correspondiente sobre la inversión no ejecutada", dice la norma.