ESPECIALISTAS DISCREPAN SOBRE COBRAR IMPUESTOS
11 de febrero de 2009

La venta de las acciones de Off-shore International Group (OIG), por parte de William Kallop, a las petroleras estatales KNOC (de Corea del Sur) y Ecopetrol (de Colombia), no constituye una transacción por la cual el Estado Peruano tenga derecho de cobrar impuestos, opinó el tributarista Ramón Gálvez, socio del área tributaria de KPMG en el Perú."El Perú ya tiene normas que gravan la venta de acciones cuando estas representan al capital de una empresa peruana. Lo que no tiene ningún país es una ley que grave la venta de acciones de una empresa que no está establecida en su territorio", señaló Gálvez.Explicó que uno de los principios en base a los cuales los estados ponen impuestos es la accesibilidad."Por eso, la legislación se enfoca en gravar lo que tiene vinculación con su territorio. Los países tienen limitaciones naturales a su derecho de imponer".