El Ejecutivo remitió el viernes pasado al Congreso un proyecto de ley que introduce dos modificaciones al artículo 162 del Código Penal, con el fin de endurecer las penas para quienes intercepten de manera ilegal las comunicaciones de terceras personas.Esa iniciativa plantea sancionar con pena privativa de la libertad no menor de dos años ni mayor de cuatro a los "chuponeadores". Si el agente es funcionario público, la pena será no menor de cuatro ni mayor de seis años.También contempla reprimir con entre tres y cinco años de cárcel a quienes comercialicen o reproduzcan los registros de la información obtenida indebidamente.