LEY ESTABLECE RESTRICCIONES Y CAMBIOS EN SERVICIO DIPLOMÁTICO
21 de enero de 2009

La Presidencia de la República promulgó ayer la ley que modifica diversos artículos de la Ley N°28031, Ley del Servicio Diplomático de la República, según publicación del diario oficial "El Peruano".La norma precisa el cambio de algunos artículos, entre ellos el 14 sobre la situación de disponibilidad y el 15 sobre el límite de permanencia en la situación de disponibilidad.El artículo 14 señala que un miembro del servicio diplomático puede apartarse temporalmente de la situación de actividad por enfermedad, incapacidad física o psíquica (cuyo tratamiento exceda el período máximo de licencia por enfermedad) o a su solicitud, debidamente fundamentada y aprobada por el jefe del servicio.