El nuevo reglamento sobre tercerización frenará el encubrimiento de las malas prácticas laborales y, en especial, poner en evidencia los casos en que haya las denominadas "empresas de papel", las cuales carecen de autonomía técnica y sólo ofrecen provisión de personal, pero que aparenta ser una empresa tercerizadora sin realizar el proceso productivo que se le ha encargado. Así lo afirmó el viceministro de Trabajo, Jorge Villasante, al explicar las innovaciones del DS Nº 006-2008-TR, que reglamenta la Ley 29245 y el D. Leg. 1038, referidos a los servicios de tercerización laboral.En este contexto, la autoridad remarcó que este reglamento cumple con precisar los supuestos de desnaturalización del régimen como la ausencia de autonomía empresarial, cuando los trabajadores desplazados por la empresa tercerizadora estén subordinados a la principal y si continúa la prestación de los servicios después de transcurridos 30 días calendario desde la cancelación del registro. En estos casos, la empresa principal será el empleador del trabajador desplazado.