ESTADO PUEDE COBRAR COMPENSACIÓN POR AGOTAMIENTO DE RECURSOS NO RENOVABLES
15 de marzo de 2005

El magistrado del Tribunal Constitucional, Magdiel González Ojeda, recalcó que la explotación de los recursos no renovables generá interés mundial y recientemente se ha determinado que es obligación del Estado tratar de cuidar a futuro, lo que suceda cuando se termine la concesión minera."El estado puede cobrar una compensación por el daño que se causa a futuro para que sea canalizada a realidades afectadas y se pueda amortiguar y prever el futuro para que una vez terminada la minería existan recursos que puedan asegurar un desarrollo sostenible y la ley llama contrapestación a esta compensación", subrayó González.

  • [Gestión,Pág. 20]
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