El COES informó ayer que, de acuerdo a la Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la Energía Eléctrica N° 28832, además de las generadoras y transmisoras, las distribuidoras y los clientes libres mayores -empresas- también forman parte de su sistema, por lo que de no acatar alguna de sus disposiciones de restricción de demanda podrían ser factibles de una sanción de hasta 1,000 UIT por parte del Organismo de Supervisión de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).Justamente, durante el último racionamiento del jueves, originado por una avería en la Central Termoeléctrica de Ventanilla, dos empresas que se abastecen del sistema interconectado nacional no apagaron sus sistemas, reveló la citada entidad, que además reconoció que este mecanismo podría chocar con los contratos para suministro que tienen algunas empresas.