MEM ESTABLECE QUE EN CASO DE RACIONAMIENTO ELÉCTRICO SE PRIVILEGIARÁ SUMINISTRO A SERVICIO PÚBLICO
11 de agosto de 2008

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) estableció que en caso de racionamiento del suministro eléctrico, éste se efectuará privilegiando el abastecimiento de energía para el servicio público de electricidad, determinándose el porcentaje de racionamiento que corresponde a los demás agentes del Servicio Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN).De esta manera, modificó la Norma Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados, la cual establecía que el racionamiento se efectuaba en proporción a la demanda de potencia de cada integrante del sistema.Es decir, hasta la fecha se determinaba el porcentaje de racionamiento que correspondía a la magnitud de potencia suministrada por cada titular de generación, quienes a su vez distribuían dicho porcentaje de racionamiento entre sus clientes de acuerdo a las prioridades y/o compromisos adquiridos por ellos.