La Cámara de Comercio de Lima (CCL) consideró conveniente, para evitar la mala aplicación de la Ley de la Micro y Pequeña Empresa (Mype), que su respectivo reglamento, cuyo plazo para ser publicado y puesto en vigencia vence el próximo 28 de agosto, precise que el límite de las ventas anuales para calificar como mype debe ser computado en base a los ingresos netos de la empresa. Sostuvo que el reglamento debe aclarar que el límite de ventas anuales, de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 525 mil nuevos soles, para la micro; y 1,700 UIT, equivalentes a 5.95 millones, para la pequeña empresa, debe computarse en base a los ingresos netos anuales de la empresa.