Los proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto que impliquen actividades, construcciones, obras u otras actividades comerciales y de servicio que puedan causar impacto ambiental negativo y significativo no podrán ejecutarse si antes no presentan la certificación ambiental.Así lo establece el decreto legislativo que modifica la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y que se creó como herramienta transectorial de la gestión ambiental y de carácter preventivo que permite la conservación ambiental y la protección de la salud de la población."No podrá iniciarse la ejecución de proyectos ni de actividades de servicios y comercio referidos, y ninguna autoridad nacional, sectorial, regional o local podrá aprobarlas, autorizarlas, permitirlas, concederlas o habilitarlas si no cuentan previamente con la certificación ambiental", precisa el decreto.