Ante la identificación de grandes y medianas empresas que operan en las actividades de la pequeña minería, con lo cual se acogen a los incentivos que ofrece este sector de pequeña escala, el Ejecutivo publicó ayer el Decreto Legislativo N° 1040, la que modifica la Ley N° 27651 Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, estableciendo nuevos requisitos para esta actividad.La norma dispone que las actividades de Pequeño Productor Minero y Minero Artesanal podrán ser realizadas únicamente por personas naturales o personas jurídicas, que busquen maximizar ingresos de subsistencia, o cooperativas mineras, o centrales de cooperativas mineras.De esta forma, se deja de lado "a las grandes y medianas empresas que han venido desnaturalizando el espíritu del régimen especial de la pequeña minería y minería artesanal de incentivos en el pago de regalías, de derechos de vigencia, porque pasan por pequeños cuando en realidad son en conjunto grandes conglomerados de empresas", manifestó a Gestión el viceministro de Minas, Felipe Isasi.