TERCERIZACIÓN: AJUSTES NECESARIOS
26 de junio de 2008

Esta semana el Gobierno promulgó la ley que regula los servicios de tercerización laboral, pero de inmediato anunció precisiones y modificaciones a través de un decreto legislativo publicado ayer, lo que revela la complejidad del tema, así como las presiones políticas y gremiales.Efectivamente, no se puede negar la necesidad de una norma que ordene la relación entre las empresas y los subcontratistas, pero sobre todo que resguarde los derechos de los trabajadores. No solo en el nivel y cumplimiento de sus remuneraciones, sino también en las condiciones de trabajo y las previsiones en caso de quiebra.Sin embargo, hay varios aspectos que siguen siendo polémicos. Ante todo la pluralidad de clientes, que se exige a los subcontratistas, lo que es irreal y afecta principalmente a las medianas y pequeñas empresas que por lo general empiezan teniendo un cliente. Ahora se ha dado un plazo de un año para las contratistas nuevas, pero igualmente hay que otorgarles apoyo y facilidades para adecuarse a la norma.Luego, es igualmente controversial el concepto de responsabilidad solidaria, por el que las empresas tienen que responder por cualquier incumplimiento laboral del subcontratista. Por supuesto que es positivo que se limpie la cadena productiva y que las empresas se aseguren y pongan más celo a la hora de contratar a otra para algún servicio. Sin embargo, es riesgoso que la responsabilidad solidaria se tome como un concepto absoluto, lo que implica sobrecargar a las empresas de un control que le compete primariamente al Estado.Asumamos, pues , la situación actual de responsabilidad solidaria, que se aplica en otros países, como una de emergencia, producto de la necesidad de defender a los trabajadores. Pero, debemos reiterar que no debe sentarse un precedente de sobreexigencia a las empresas.