El Tribunal de Contrataciones seguirá siendo el órgano encargado de resolver las apelaciones de postores, siempre que el valor referencial de la compra o adquisición del Estado exceda las 600 UIT (S/.2,1 millones). Y si se trata de procesos por un valor inferior, el recurso será resuelto por el jefe de la entidad que está adquiriendo el bien o servicio.Este es uno de los cambios que trae la nueva Ley de Contrataciones del Estado, publicada ayer por el Ejecutivo en uso de las facultades cedidas por el Congreso para la implementación del TLC con Estados Unidos. La norma crea el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) en reemplazo de lo que hasta ayer fue Consucode.