Nos ha nacido un "Defensor del contribuyente" con facultades resolutivas: Arnaldo Meneses Díaz. Estamos acostumbrados a los defensores con funciones persuasivas, pero en este caso, es diferente. La ley le ha otorgado a este nuevo Defensor la funcion de: "Informar al MEF si procede o no que la Sunat interponga demandas contencioso-administrativas contra las resoluciones del Tribunal Fiscal".Pues bien, su primer informe trascendente ha sido el relacionado con el caso de la empresa minera canadiense Barrick Misquichilca, del 28 de diciembre último. Concluyó negando la autorización solicitada por la Sunat para denunciar a la presunta empresa evasora ante el Poder Judicial.Como su decisión es vinculante, esa decisión significó para el Estado peruano la pérdida de una acotación tributaria por US$ 141 millones, que la Sunat reclamó y que el Tribunal Fiscal rechazó.El tribunal resolvió por unanimidad que la revaluación de activos realizada por Barrick a precios por encima del mercado fue legal. No deja de tener razón. La ley 26283, dictada bajo la gestión de Alberto Fujimori y Jorge Camet, fue generosa en extremo.(Edición sábado).