APRUEBAN QUE EL EJECUTIVO MODIFIQUE LAS ÁREAS PROTEGIDAS SIN PASAR POR EL CONGRESO
19 de mayo de 2008

En medio de los ajetreos de la V Cumbre de América Latina, el Caribe y la Unión Europea (ALC-UE), pasó inadvertido un punto controversial aprobado en el decreto legislativo de creación del Ministerio del Ambiente: la facultad que se otorga a esta nueva entidad para que proponga la modificación de las áreas naturales protegidas, a efectos de que el Consejo de Ministros pueda aprobarla.El problema es que en la norma no se precisa que eso dependerá de la decisión del Congreso, a pesar de que en el artículo 3 de la Ley 26834 de Áreas Naturales Protegidas se señala que estas se establecen con carácter definitivo, por lo que su reducción física o modificación solo será posible mediante una ley.El experto en gestión ambiental, Iván Lanegra, hace esta observación por considerar que dicha facultad que tendría el Ejecutivo "significaría un riesgo enorme para la protección de la biodiversidad", sobre todo ante las pretensiones de ampliar proyectos de hidrocarburos en el país.