El grupo multisectorial encargado de elaborar un proyecto de ley para la creación del Ministerio del Medio Ambiente concluyó la tarea encargada por el Ejecutivo.En este documento, al que tuvo acceso Gestión, se cita que entre las funciones exclusivas que tendrá dicho portafolio, está la de emitir una opinión técnica previa vinculante, en aquellos proyectos de inversión que puedan afectar áreas naturales protegidas.Así consta en el artículo 5, del título II referido a las funciones y estructura orgánica.Las responsabilidades cruciales con el tema ambiental y la inversión abarcan igualmente la de supervisar la implementación de la política nacional del ambiente, otorgar y reconocer los derechos, a través de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones, de acuerdo con las normas ambientales.También resolverá a exclusividad los recursos impugnativos interpuestos contra las resoluciones o actos administrativos, relacionados con sus competencias.Se sostiene que el citado ministerio permitirá la modernización e integración de la gestión ambiental, muy dispersa en la actualidad.