El presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar, general Juan Pablo Ramos Espinoza, informó que la justicia militar policial no tiene competencia para juzgar a los efectivos de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional involucrados en delitos de lesa humanidad.El oficial explicó que así lo establece la Ley de Organización y Funciones de la Justicia Militar Policial (Ley N° 29182 ), publicada el 11 de enero en "El Peruano". "Eso está contemplado en la ley. De tal manera que ningún militar o policía que cometa este grave delito será juzgado por el fuero militar. Eso le corresponde al Poder Judicial", indicó.Ramos Espinoza refirió que esta norma delimita claramente la competencia del juez civil y del juez militar policial. "Esto significa que ya no habrá intromisiones en las funciones del Poder Judicial con las del fuero militar policial", remarcó.