GOBIERNO ELEVA MONTO DE PENALIDADES A TITULARES DE CONCESIONES MINERAS SIN EXPLOTACIÓN
27 de diciembre de 2007

El proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros sobre concesiones mineras y agrarias aumenta las penalidades a los titulares de concesiones mineras sin explotación y establece que a los 12 años de otorgada la concesión ésta se perderá si no cumple con la producción mínima exigida por ley. De esta manera, señala que si al cabo de cinco años de otorgada la concesión no hay producción debe pagarse a partir del siguiente año una penalidad de 20 dólares por año y por hectárea para el régimen general, y de dos y un dólar para el pequeño minero y el minero artesanal, respectivamente.Actualmente, esta penalidad es de seis, uno y 0.50 dólares, respectivamente. Asimismo, se plantea la caducidad de las concesiones mineras que al duodécimo año no hayan cumplido con la obligación de producción mínima ya que actualmente, si al duodécimo año de otorgada la concesión no hay producción, la penalidad anual se incrementa.El Poder Ejecutivo considera que 12 años de vigencia de una concesión minera, después de otorgado el título respectivo, es un plazo prudencial como para iniciar la obligación de producción y, si tal circunstancia no fuera posible, entonces el titular tiene la obligación de replantear las posibilidades reales de dar cumplimiento o no a la obligación de producción.