MTPE DA PRECISIONES EN JORNADAS ATÍPICAS
19 de diciembre de 2007

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) estableció las condiciones, cuya concurrencia se debe verificar, para que no se desnaturalicen las jornadas atípicas o acumulativas de los trabajadores mineros. Se trata de la directiva nacional denominada Pautas que deben seguirse para determinar si las jornadas atípicas o acumulativas han sido implementadas de acuerdo con el test de protección de la jornada máxima de trabajo para los trabajadores mineros fijados por el TC.El documento, de esa manera, delimita el concepto de "trabajadores mineros" en trabajadores que laboran en minas subterráneas; trabajadores que realizan labores directamente extractivas en minas a tajo abierto; y trabajadores que laboran en centros de producción minera, siempre que en la producción de sus labores estén expuestos a riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad, según la escala dada en el reglamento de la Ley de jubilación minera.

  • [El Peruano,Pág. 15]
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