PODER JUDICIAL: AUTONOMÍA PRESUPUESTAL PARA SER EQUILIBRADA Y BIEN ADMINISTRADA
9 de febrero de 2005

Finalmente, el Tribunal Constitucional reafirmó, aunque dentro de determinadas circunstancias, la autonomía presupuestal que le corresponde al Poder Judicial. Se atiende, de tal manera, una antigua reivindicación que tiene sus raíces en el ordenamiento constitucional, como bien lo ha precisado el TC.Sin embargo, los magistrados tienen que ser conscientes de que este reconocimiento lleva aparejadas una serie de obligaciones, en el entendido de que: el presupuesto nacional es un instrumento complejo que debe ser equilibrado; no se puede gastar más de lo que se recibe; y no se debe sentar precedentes negativos de pedidos desmesurados que no puedan ser atendidos y que, además, podrían ser imitados por otros sectores, lo que llevaría a un descalabro de la administración pública.Hay, en el fondo de todo esto, un llamado a la racionalidad para manejar esta autonomía. El propio TC ha exhortado al Congreso a dictar una ley para establecer mecanismos especiales de coordinación entre los poderes Ejecutivo y Judicial para acatar el principio de equilibrio financiero a la hora de evaluar los requerimientos de los magistrados. Una vez aprobado el monto con los otros poderes, los jueces tendrían, al igual que el Congreso, la responsabilidad del manejo de las partidas que se les otorgue.Las nuevas autoridades del Poder Judicial, ente que tiene igualmente una pésima imagen ante la ciudadanía, deben aprovechar el momento para demostrar que realmente hay voluntad de cambio. Y no solo para retomar la reforma judicial, que avanza a paso de tortuga, sino también para acometer, dentro de este gran proceso, el reordenamiento de sus sistemas de nombramiento y ratificación de jueces y la erradicación de la nefasta provisionalidad.La autonomía presupuestal es, pues, solo uno de los pilares del PJ que no funciona por sí sola, sino que debe servir a un fin mayor, cual es la correcta, eficiente y oportuna administración de justicia.