MODIFICAN PARÁMETROS MÍNIMOS DE ESTACIONES DE GNV Y GLP
18 de noviembre de 2007

La Municipalidad de Lima modificó y amplió los parámetros mínimos exigidos para los establecimientos de venta al público de gas natural vehicular (GNV), gas licuado de petróleo (GLP) y combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos (petróleo y gasolina). También obliga a los talleres de conversión a tener como área mínima 300 m2. La ordenanza No 1091 indica que si el grifo se sitúa en esquina de zona comercial o industrial, deberá contar con 20 metros mínimos en el lado correspondiente a la vía de mayor jerarquía funcional. (Edición sábado).

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