El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda interpuesta por José Miguel Cortez Vigo (ex fonavista) contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), instancia que había rechazado anteriormente realizar un referéndum o consulta popular para la devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), aduciendo que el Fonavi era un impuesto y no se puede hacer consultas populares sobre materia tributaria. El reciente fallo del TC señala expresamente que el Fonavi nunca fue un tributo, ya que desde su creación fue un aporte efectuado por los trabajadores para satisfacer sus necesidades de vivienda, Así, ordena al JNE proceder con la convocatoria para la aprobación de una ley de devolución de los fondos del Fonavi. Andrés Alcántara Paredes, representante de la Asociación Nacional de Fonavistas, afirma que hay un fondo de S/.9.565 millones cuya devolución puede darse a través de varias modalidades, entre ellas que ese dinero sirva para la adquisición de casas y terrenos, compensación de deudas tributarias y arbitrios, acciones en empresas del Estado, materiales de construcción, compensación de deudas financieras y en efectivo.