A propósito del enfrentamiento entre pobladores de Ayabaca y la minera Majaz, cabe hacer algunas precisiones sobre los alcances del legítimo y constitucional derecho a la consulta popular. Este no puede desvirtuarse ni convertirse en un acto de tiranía de una supuesta mayoría, a veces manipulada por intereses adjetivos de algunas ONG. Si bien las autoridades municipales de Ayabaca están en su derecho de solicitar una consulta sobre la permanencia de la actividad minera, también deben respetar la Constitución, los procedimientos legales y las prerrogativas de la autoridad electoral. Un referéndum o una consulta popular no se imponen por la fuerza, sino que deben ser previamente organizados por el JNE y la ONPE. Requieren una convocatoria, un presupuesto para la elaboración y el diseño de las cédulas de sufragio, y una organización para la entrega de actas, otros materiales y resultados. Las riquezas naturales pertenecen a todos los peruanos y si finalmente se realiza una consulta debe preguntarse a toda la población, luego de darle toda la información para evitar la manipulación de grupos ultrapolitizados o de controvertidas ONG.