La solidaridad ha sido el principal valor que predominó tras el terremoto del 15 de agosto en Pisco, Ica, Cañete y el resto de provincias igualmente afectadas. Esto ha llevado al Congreso de la República a presentar un proyecto para autorizar la exoneración de tributos a la ayuda humanitaria, que si bien no debe generar para sí ventajas impositivas, tampoco debería causar perjuicios de ningún tipo a los donantes.Ese debería ser el supuesto del debate parlamentario, según reconocen los tributaristas. De lo que se trata es que la exoneración facilite la atención a los damnificados, que no siga siendo un trámite burocrático y que se aplique técnicamente, no vulnerando los mecanismos de control existentes, ni de la Sunat ni de la contraloría, que hoy norman las donaciones bajo estrictos procedimientos.En principio, parece oportuno que se haya previsto exonerar a los bienes nacionales y extranjeros que son enviados a las zonas declaradas en emergencia, porque eso implicaría que se tome como referencia el destino de las donaciones y no la naturaleza de las mismas. Establecer listas predeterminadas sobre lo que debería ser considerada ayuda humanitaria, sin precisar al destinatario en la zona de emergencia, podría finalmente trabar la ayuda.Un segundo tema que deberá estudiarse radica en los porcentajes de la exoneración que se aplicarían a las tasas arancelarias, el Impuesto a la Renta, el Impuesto Selectivo al Consumo y los tributos municipales. Actualmente, según la ley del IGV, solo se puede deducir donaciones hasta por el 10% de la renta neta, en el caso de entidades sin fines de lucro, calificadas por el Ministerio de Economía y Finanzas e inscritas en la Sunat. Fuera de ello, las donaciones no son consideradas como gasto, ni siquiera en situaciones extraordinarias como las de un terremoto.Hay, pues, que analizar meticulosamente estas medidas, para que la exoneración tributaria que el Congreso debatirá cumpla sus objetivos finales y sea transparentemente fiscalizada, como se hará en el caso del fondo de reconstrucción para las zonas afectadas del sur (Forsur).