Algo que pasó inadvertido en el Decreto Legislativo 985, promulgado por el Ejecutivo al amparo de las facultades legislativas en materia de criminalidad, fue la disposición que endurece los beneficios penitenciarios contra los condenados por terrorismo, y establece que éstos deberán pagar el íntegro de la reparación civil antes de lograr su excarcelación. Según el procurador para los casos de terrorismo, Jacobo Romero, la anterior disposición no especificaba como condición antes de su liberación el pago de dicha reparación impuesta por el juzgado, "por lo que ocasionaba que muchos salieran libres pagando sumas irrisorias", comentó.