AUMENTAN PENAS PARA QUIENES DELINQUEN ESTANDO EN PRISIÓN
23 de julio de 2007

Once decretos legislativos presentó ayer el Poder Ejecutivo en virtud de las facultades que le delegara el Congreso para legislar en materia de lucha contra la criminalidad organizada.Uno de estos decretos es el 982 que modifica varios artículos del Código Penal. Según detalló la ministra de Justicia, María Zavala, esta norma agrava la penalidad para quien, estando recluido en un establecimiento penitenciario, cometa los delitos de tráfico de drogas, lavado de activos, trata de personas, terrorismo, extorsión o secuestro."A diario, a través de los medios de comunicación, se conoce cómo desde los establecimientos penales se planifica secuestros y otros tipos de delitos. Estos no estaban comprendido en nuestro ordenamiento penal", comentó Zavala.El nuevo artículo 46 A del Código Penal, modificado por el Decreto Legislativo 982, autoriza al juez a aumentar la pena del interno "hasta en un tercio por encima del máximo legal fijado para el delito cometido, no pudiendo exceder de treinta y cinco años de pena privativa de la libertad".

  • [El Comercio,Pág. A 3]
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  • [Gestión,Pág. 3]
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  • [El Peruano,Pág. 3]
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  • [Perú 21,Pág. 14]
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  • [La Razón,Pág. 3]
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