El Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley al Congreso que busca realizar modificaciones a la Ley de Puertos y a la Ley de Control de Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres con la finalidad de precisar las competencias y funciones de la Autoridad Marítima delimitándola de aquellas que corresponden a la Autoridad Portuaria Nacional (APN).En ese sentido, el proyecto plantea que corresponda a la Autoridad Marítima y no a la APN, emitir el informe técnico previo para la apertura y cierre de puertos en los casos que le corresponda, como por ejemplo factores hidrometeorológicos.Asimismo, se precisa que la Autoridad Marítima se encargará del control de tráfico acuático y de los permisos de navegación correspondientes a su ámbito.