A primera vista, los más contentos serían quienes sueñan con la casa propia. Y es que ayer el Ejecutivo promulgó la Ley 28461, norma que permite, a solicitud del trabajador, destinar por única vez hasta el 80% del total de la compensación por tiempo de servicios (CTS) en la adquisición de viviendas en el marco de los programas Mivivienda, Techo Propio y cualquier otro promovido por el Ministerio de Vivienda o por el sector privado. Y no solo eso, los depósitos también podrán ser usados en la construcción, mejoramiento o compra de terrenos de dichos programas. En medio de este abanico de opciones, el entusiasmo de seguro invadirá a muchos, aunque no tanto a los conocedores del tema.Si se tienen en cuenta todas las normas que han flexibilizado la disponibilidad de la CTS en los últimos años, los fondos en estos momentos deben ser mínimos, pues la mayoría de trabajadores retiró esos depósitos, advierte el laboralista Jorge Toyama.Agrega que considerando que un trabajador permanece en promedio cinco años en un puesto laboral, lo máximo que pudo acumular serían cinco sueldos si no retiró nada, aunque en el lapso de desempleo de todas maneras consumió parte de sus depósitos.