A través de un comunicado público, la Fiscal de la Nación, Adelaida Bolívar, aclaró ayer que, según la Constitución, los ministros, congresistas y otros altos funcionarios del Estado no tienen derecho a antejuicio político si cometen delitos comunes.Además, precisó que de acuerdo con la ley 27399, que regula las atribuciones de la Fiscal de la Nación en la investigación a altos funcionarios públicos, ella solo tiene competencia para ver casos de delitos de función. En consecuencia, anota el comunicado, para que la Fiscalía de la Nación investigue un hecho de oficio o por denuncia de parte y ejerza las atribuciones que le confiere la Ley 27399, debe tratarse de delitos de función.Agrega que si los hechos que se imputan al denunciado son delitos comunes (asesinato, violación sexual, secuestro), así se trate de un alto funcionario y los haya realizado en el ejercicio de su función, la Fiscal de la Nación no tiene competencia para investigarlos.