LO QUE DISPONE EL PROYECTO
16 de abril de 2007

El proyecto del Ejecutivo dispone que la concesión definitiva y la autorización se otorgarán por plazo indefinido para el desarrollo de las actividades eléctricas, y que el plazo de vigencia de la concesión temporal será de dos años, pudiendo extenderse una sola vez, a solicitud del titular, hasta por un año adicional, sólo cuando el cronograma de estudios no haya sido cumplido por razones de fuerza mayor o caso fortuito.Propone además que la vigencia de una concesión temporal se vence al cumplirse el plazo establecido y que la extensión del mismo se sujeta a los requisitos, condiciones y garantías establecidas en el reglamento.

  • [Gestión,Pág. 20]
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