El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó ayer el decreto supremo que aprueba el reglamento de la ley que amplía los alcances del Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV) a las Empresas de Generación Hidroeléctrica. Según la norma, el beneficio será para las empresas que suscriban contratos de concesión definitva de generación eléctrica al amparo de la Ley de Concesiones Eléctricas y sus modificatorias, que utilicen recursos hidráulicos y que no hayan iniciado sus operaciones.