El experto en temas electorales y ex jefe de la ONPE Fernando Tuesta Soldevilla explicó que la ley no ampara la realización de una consulta popular o referéndum para aceptar o no la actividad minera en una zona determinada."Según la legislación, solo procede en los casos de reforma parcial o total de la Constitución, la aprobación de leyes, normas de carácter regional, ordenanzas municipales, entre otras de ese tipo, pero nada más", afirmó."Hacer una consulta para saber si la gente está a favor o en contra de las actividades de una empresa no está estipulado en la legislación", aclaró.