LOCALES DE VENTA DE GLP DEBERÁN CUMPLIR CON NORMAS
7 de marzo de 2007

En adelante, los locales de venta de gas licuado de petróleo (GLP) deberán estar ubicados de tal forma que las operaciones de abastecimiento, despacho y en general todas las actividades propias de su funcionamiento no constituyan peligro para la salud y la vida, para el local y para las propiedades circundantes. La Dirección General de Hidrocarburos podrá cancelar la inscripción de cualquier operador que incumpla las normas vigentes.Además, los responsables de esos locales deberán considerar que las propiedades y actividades circundantes no constituyan peligro de incendio u otros siniestros para el establecimiento, según un proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento para la Comercialización de GLP y el Reglamento de Seguridad para instalaciones y transporte de este combustible.

  • [El Peruano,Pág. 7]
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