FLEXIBILIZAN EXIGENCIA DE INVENTARIOS DE COMBUSTIBLES
14 de junio de 2026

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) dispuso una medida temporal que exceptúa a productores y distribuidores mayoristas del cumplimiento de la obligación de mantener inventarios mínimos de determinados combustibles líquidos en sus plantas de abastecimiento. De acuerdo con la Resolución Directoral N.° 093-2026-MINEM/DGH, la excepción alcanza a las gasolinas y gasoholes Premium y Regular, así como al combustible Turbo A1 y al diésel B5, y estará vigente en todo el ámbito nacional desde el 5 hasta el 30 de junio de 2026. El Minem explicó que la medida responde a una concentración crítica de inventarios en terminales y plantas de abastecimiento, situación asociada al cierre prolongado de puertos por condiciones climáticas adversas, restricciones operativas en la refinería de Talara y retrasos en la descarga y traslado de combustibles. (Edición domingo).