"RECUENTO DE VOTOS SOLO PUEDE ORDENARSE EN ACTAS OBSERVADAS"
14 de junio de 2026

El vocero del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Valdivia, precisó que la figura del “reconteo de votos” solo es aplicable a las actas observadas, ya sea por impugnación de votos de los personeros o errores materiales (ilegibilidad en números o firmas), que deberán ser resueltas por los Jurados Electorales Especiales (JEE) correspondientes. El funcionario fue consultado por ello luego que el candidato presidencial Roberto Sánchez (Juntos por el Perú) pidiera públicamente a su competidora, Keiko Fujimori (Fuerza Popular), presentar una solicitud en conjunto, ante el JNE, para un “reconteo de votos” de toda la segunda vuelta presidencial. (Edición sábado).