Por Iván Blume, socio de Cuatrecasas.Con la reciente sentencia de la Corte Suprema, las empresas pueden continuar tercerizando incluso actividades vinculadas al "núcleo del negocio". El fallo anuló el Decreto Supremo N.° 001-2022-TR y cerró, en sede judicial, una controversia iniciada en el 2022. Es una decisión de alto impacto para la organización del trabajo y la competitividad, pero que también abre una nueva etapa de debate político y fiscalización.La Corte concluyó que el decreto creó la categoría del núcleo del negocio y, con ello, una restricción no prevista en la Ley N.° 29245 de tercerización. Al hacerlo, vulneró la jerarquía normativa: un reglamento no puede imponer límites que la ley no contempla. Por esa razón, el Tribunal declaró nulo el decreto por ilegal e inconstitucional.Que la controversia judicial haya terminado no significa que el tema esté cerrado. Es previsible una respuesta en otros frentes. En el plano político, el Congreso tiene en agenda el Proyecto de Ley N.° 13907, que propone eliminar la tercerización, la intermediación y los services, derogando integralmente las leyes 29245, 27626 y su normativa complementaria. De aprobarse, los trabajadores tercerizados pasarían a la planilla de la empresa usuaria, conservando tiempo de servicios y derechos adquiridos. Entre los firmantes del proyecto figura José María Balcázar -hoy presidente de la República-, lo que añade relevancia al proceso.