Precedentes en intermediación laboral. La participación de los inspectores de trabajo de Lima en algunas de las fiscalizaciones a las empresas del sector minero, para verificar el cumplimiento de las normas de intermediación laboral, reflejaría la adopción de nuevos criterios administrativos cuya aplicación incluso se incorporaría en las futuras inspecciones que se realicen a escala nacional.Así lo advirtió el especialista en derecho laboral José Balta, quien agregó que dichos criterios están vinculados a dos temas de gran importancia: los servicios de mantenimiento susceptibles de ser intermediados y de aquellos que está autorizada a prestar una empresa de intermediación laboral. En efecto, hace varias semanas que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) realiza diversas inspecciones en empresas del sector minero (titulares y contratistas), afirmó Balta, quien también es miembro del área laboral del estudio Rodrigo, Elías & Medrano.En lo que respecta a los servicios complementarios de mantenimiento, dijo que los inspectores juzgan que son actividades principales las relacionadas con el ciclo productivo, tanto las propiamente principales como aquellas que sirven o colaboran para su cumplimiento; las actividades esenciales e imprescindibles; las inherentes al ciclo productivo de bienes y servicios; las indispensables para desempeñar adecuadamente las funciones; etcétera.