TERCERIZACIÓN SIN NÚCLEO:¿CÓMO QUEDA EL ESCENARIO EMPRESARIAL LUEGO DEL FALLO JUDICIAL?
10 de abril de 2026

Por Percy Alache, socio líder de Servicios Laborales de PwC Perú.La reciente sentencia de la Corte Suprema en la Acción Popular N°. 30989-2023 marca un punto de quiebre en la forma de entender la tercerización en el país. Al dejar atrás criterios rígidos como el "núcleo del negocio", la discusión ya no gira en torno a qué se puede tercerizar, sino a cómo estos modelos operan realmente en la práctica.El impacto es relevante. En el ámbito formal, más de 240 mil trabajadores participan en modelos de tercerización e intermediación laboral, lo que representa cerca del 7% del empleo formal privado, según estimaciones del INEI. A nivel empresarial, estos modelos están ampliamente extendidos: alrededor del 74% de las empresas de servicios, 76% en construcción y 64% en minería los utilizan. En la práctica, se concentran en actividades operativas y especializadas como mantenimiento, transporte, logística, soporte productivo, así como en servicios comerciales y de contacto con el cliente, incluyendo fuerza de ventas. Con el nuevo escenario planteado por el fallo judicial, las empresas deben revisar cómo están manejando la tercerización en el día a día. Y esa revisión se puede resumir en tres preguntas clave:La primera es directa: ¿la tercerización se está usando como una decisión bien pensada o solo como una forma de reducir costos? En muchas empresas, el principal problema empieza desde el inicio. Son las propias áreas internas las que contratan proveedores directamente, sin una revisión clara, y muchas veces la decisión se toma solo por el precio, no por la capacidad real del proveedor. Las empresas que están corrigiendo esto vienen tomando medidas bastante concretas: ordenar quién contrata, revisar mejor los proveedores antes de incorporarlos y establecer reglas claras según tipo de servicio.

  • [Gestión,Pág. 10]
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