Los contratos de trabajo sujetos a la modalidad de temporada sirven para atender incrementos anormales o sustanciales de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año.Así lo precisó la Corte Suprema de Justicia mediante la sentencia correspondiente a la Casación Laboral N.° 38514-2022 La Libertad emitida por su Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria con la cual declara fundado aquel recurso interpuesto dentro de un proceso ordinario de reposición por despido incausado y otros, sujeto a las disposiciones de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.De esta manera, dicho colegiado de la máxima instancia del Poder Judicial (PJ) precisa las causas objetivas que justifican la suscripción de un contrato de trabajo sujeto a la modalidad de temporada. (Edición sábado).