El Ejecutivo facultó al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) a dictar medidas urgentes y transitorias durante la vigencia de una situación de emergencia, las que permite exceptuar el cumplimiento de los reglamentos de comercialización y seguridad emitidos por dicha cartera, siempre que se establezcan condiciones técnicas que aseguren la continuidad de las actividades de hidrocarburos.En el marco de estas atribuciones, el organismo puede aprobar medidas alternativas a las previstas en los reglamentos vigentes, con la finalidad específica de mantener la operatividad y mitigar los impactos negativos de la declaratoria de emergencia en el suministro del país.