El Consejo Directivo de Proinversión acordó la incorporación de la cláusula anticorrupción en los contratos de Asociaciones Público Privadas (APP). La disposición obliga al concesionario y sus vinculados, como socios, accionistas, directorios, empleados, etcétera, a que no realicen pagos o comisiones ilegales relacionados con la promoción de la inversión privada o la ejecución del contrato.Además, se establece que en caso se verifique que alguna de las personas naturales o jurídicas mencionadas hubiera sido condenadas mediante sentencia consentida o ejecutoria, o hubiesen admitido o reconocido este acto de corrupción, el contrato se resuelve y el concesionario deberá pagar una penalidad del 10% del monto de liquidación.Del mismo modo, indica que la terminación por aplicación de la cláusula anticorrupción no genera ningún derecho de indemnización a favor del concesionario por daños y perjuicios.