En enero del 2025, el Gobierno promulgó el nuevo marco del sector eléctrico (Ley N° 32249) que permite incorporar más energía solar o eólica en el mercado regulado. Sin embargo, esa normativa, que modifica la ley de Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica, todavía no entra en vigor porque el Ministerio de Energía y Minas (Minem) no aprueba los reglamentos ya prepublicados.Dichos reglamentos, entre ellos para regular las licitaciones para la compra-venta de energía y para crear el mercado de servicios complementarios que permita compensar la intermitencia de eólicas y solares, generan actualmente posiciones encontradas.Por un lado, están las empresas independientes con proyectos eólicos y solares que exigen la aprobación de esos reglamentos para poder empezar a construirlos, y, por el otro, el sector eléctrico tradicional está preocupado porque le cambien las reglas de juego.Un análisis que realizó Arturo Vásquez Cordano, director de investigación de la Escuela de Postgrado Gerens, concluyó que la incorporación de más energías renovables no convencionales (RER), a través de la regulación planteada, podría tener un efecto contrario al que busca.En principio, el experto consideró que el reglamento de licitaciones distorsionaría su propia ley, la que dispone que las distribuidoras pueden suscribir contratos con generadoras para suministrar potencia y energía las 24 horas. En diálogo con Gestión, advirtió que el reglamento -por el contrario- establecería que las plantassolaresoeólicasfirmen contratos solo de energía (sin potencia) y, además, operen en determinados bloques horarios: no en forma continua como establece dicha ley.El Comité Eléctrico de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) va en la misma línea. Refirió a Gestión que es imperativo que el reglamento que promueve el Minem esté alineado con los objetivos establecidos por la propia ley y no exceda sus alcances.La propuesta en el reglamento, anotó, excede y desnaturaliza lo dispuesto por la Ley 32249 y la Ley 28832, toda vez que restringe la participación de generación existente en las licitaciones de largo plazo."No se permite la participación con ofertas por 24 horas del día, forzando a que todas las ofertas y la evaluación de estas sea por bloques, restringiendo con ello, la posibilidad de garantizar el mínimo costo para el consumidor", alertó.