La polémica en torno a la pensión vitalicia que otorga el Estado peruano a sus expresidentes se ha reavivado tras el rechazo del Congreso a la solicitud presentada por la expresidenta Dina Boluarte Zegarra (2022-2025). La decisión del Parlamento está normado por la Ley N° 26519, que dice que la pensión solo aplica a los mandatarios elegidos por sufragio directo.La Ley N° 26519 de 1995 establece que los expresidentes constitucionales tienen derecho a una pensión equivalente al total de los ingresos de un congresista activo.En el caso de Dina Boluarte, quien asumió la presidencia por sucesión constitucional tras la vacancia de su predecesor, ha solicitado acogerse a la pensión vitalicia y otros beneficios. No obstante, un informe del Área de Asesoría Laboral del Congreso concluyó que su pedido era improcedente.