Tras el fallo condenatorio en primera instancia por haber perpetrado un golpe de Estado el 7 de diciembre del 2022, Pedro Castillo quedó automáticamente impedido de postular a cargos de elección popular. El artículo 34-A de la Constitución establece lo siguiente: "Están impedidas de postular a cargos de elección popular las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso".