La situación del escaño del congresista Guillermo Bermejo se encuentra en incertidumbre tras su condena por terrorismo. Esto debido a que el artículo 15A del Reglamento del Congreso establece que si un legislador recibe una sentencia firme por ese u otros delitos graves, no tiene derecho a un accesitario y su curul queda vacía.Para el constitucionalista Aníbal Quiroga y el ex oficial mayor José Cevasco, la sola inclusión del delito que alcanza a Bermejo en el 15-A hace que no se pueda llamar a un accesitario, incluso si la condena aún no es firme.El constitucionalista Heber Joel Campos opinó, por el contrario, que el artículo es claro respecto a que solo se aplica con sentencia firme y que sí se puede llamar a un accesitario mientras el caso se resuelve en apelación.(Edición domingo).