La prohibición de tercerizar actividades que forman parte del núcleo del negocio busca evitar la desnaturalización de la tercerización como mecanismo de vinculación empresarial, ratificó el Tribunal Constitucional (TC) al declarar, por mayoría, improcedente en un extremo e infundada en otro la demanda de amparo (Exp. 03097-2024-PA/TC).El TC sostuvo, además, que esta restricción se fundamenta en la protección de los derechos laborales reconocidos por la Constitución.La demanda fue presentada por Lima Airport Partners (LAP), que cuestionaba la facultad de Sunafil para inspeccionar y sancionar infracciones relacionadas con la prohibición de tercerización de actividades esenciales.(Edición sábado).