En enero de este año se publicó la Ley 32249: "Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la generación eléctrica, a fin de garantizar el abastecimiento seguro, confiable y eficiente del suministro eléctrico y promover la diversificación de la matriz energética". La norma apunta a que distribuidoras que solo ofrecen electricidad por horas puedan participar en licitaciones por bloques horarios. Pese a su finalidad, existe una gran preocupación sobre el contenido de su reglamento, que presenta un exceso de barreras para el sector y trabas para las empresas que quieran contratar energía. El documento fue elaborado por el Ministerio de Energía y Minas (Minem) y puesto a consulta ciudadana en abril de este año. Luis Miguel Castilla, exministro de Economía y Finanzas, ha alertado que uno de los puntos controversiales de la propuesta normativa es que brinda prioridad solo a la energía solar, sin asegurar el abastecimiento oportuno para el mercado regulado. “Algo que no estaba previsto en la ley, pero sí en el proyecto de reglamento, es que se favorece solo a las nuevas generadoras, pero no a las empresas que tienen la capacidad de proveer energía térmica y renovable, como la mayoría de generadoras que hay en el país", comentó.Lo anterior, según explicó, podría derivar en un "trato discriminatorio" que se podría judicializar, y refleja una "visión estatista", contraria a las políticas del país.