El Tribunal Constitucional (TC) dejó sin efecto dos numerales clave del Decreto Legislativo 1373 sobre extinción de dominio, una norma que desde 2018 permitió al Estado incautar bienes a personas procesadas sin condena penal previa.La norma establecía que la extinción de dominio se aplicaba a cualquier contrato, compraventa o transferencia de bienes que tenían origen o destino ilícito. Incluso a aquellos adquiridos antes de la vigencia de la ley.Pero el TC precisó que la norma no puede aplicarse de manera automática ni retroactiva a bienes cuyo origen o destino no esté suficientemente probado ni vinculado a delitos graves, sin una sentencia penal ni debido proceso.