Por Walter Gutiérrez, abogado.Cuando un gobierno corrompe el espíritu de sus propias normas, especialmente aquellas diseñadas para situaciones imprevisibles y extraordinarias, se socava la esencia misma del Estado de derecho. El uso de un decreto de urgencia (DU), como el 013-2024, para el salvataje de una empresa estatal en profunda crisis económica, financiera y de gestión representa un claro ejemplo de incumplimiento de la Constitución, pues la situación de la empresa no era excepcional ni imprevisible. Este hecho desvirtúa su propósito original, transformándolo en un instrumento para eludir los cauces regulares de la gobernanza y la fiscalización. La situación es aún más alarmante cuando los mecanismos de control diseñados para prevenir el mal uso de los DU, como el Consejo de Ministros y el Congreso de la República, son omisos a su deber constitucional de evitar fraudes normativos. Esta inacción o connivencia de los citados órganos políticos permite que se avale una pésima gestión en la principal empresa del Estado, lo que se traduce en la dilapidación de miles de millones de dólares. Fondos que, según el artículo 44 de la Constitución, deberían destinarse a la mejora de servicios públicos esenciales como la salud, la educación y la seguridad ciudadana.